Amparo Indirecto
La regla general
es de 15 días, a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos,
conforme a la ley del acto la notificación al quejoso, salvo:
·
Se
reclame una norma general autoaplicativa, o el procedimiento de extradición, en
que será de treinta días;
·
Cuando el amparo se promueva contra
actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente, en
forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus
derechos agrarios a los núcleos de población ejidal o comunal, en que será de
siete años, contados a partir de que, de manera indubitable, la autoridad
responsable notifique el acto a los grupos agrarios mencionados;
· Cuando
el acto reclamado implique peligro de privación de la vida, ataques a la libertad
personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión,
proscripción o destierro, desaparición forzada de personas o alguno de los
prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea
nacionales, en que podrá presentarse en cualquier tiempo.
Requisitos de la Demanda de un Amparo Indirecto? (108)
Amparo Indirecto (108 L.A.)
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La demanda de amparo directo deberá formularse por escrito, o por medios electrónicos en los casos
en que la ley lo autorice, en la que se expresarán:
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I.- Nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su
representación.
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II.- El nombre y domicilio del tercero interesado; y si no los conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad.
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III.- La autoridad o autoridades responsables (indicación especial en amparo vs leyes)
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IV.- El acto que de cada autoridad se reclame (hace alusión a normas
generales y omisiones);
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V.- Bajo protesta de decir
verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto
reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación;
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VI.- Los preceptos que, conforme al artículo
1º de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya
violación se reclame.
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VII.-
“letra muerta –opinión personal-”.
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VIII. Los conceptos de violación
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Diferencias de los requisitos entre la demanda de amparo
directo e indirecto
Amparo Indirecto (108 L.A.)
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Amparo Directo (175 L.A.)
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La demanda de amparo directo deberá formularse por escrito, o por medios electrónicos en los casos
en que la ley lo autorice, en la que se expresarán:
|
La demanda de amparo directo deberá formularse por escrito, en el
que se expresarán:
|
I.- Nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su
representación.
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I.- Nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre.
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II.- El nombre y domicilio del tercero interesado; y si no los conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad.
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II.- El nombre y domicilio del tercero interesado.
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III.- La autoridad o autoridades responsables (indicación especial en amparo vs leyes)
|
III.- La autoridad responsable
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IV.- El acto que de cada autoridad se reclame (hace alusión a normas
generales y omisiones);
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IV.- El acto reclamado (indicación
especial en amparo vs leyes)
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V.- Bajo protesta de decir
verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto
reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación;
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V.-
La fecha en que se haya notificado el acto reclamado al quejoso o aquella en
que hubiese tenido conocimiento del
mismo;
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VI.- Los preceptos que, conforme al artículo
1º de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya
violación se reclame.
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VI.- Los preceptos que, conforme a la fracción I del artículo 1º de
esta Ley, contengan los derechos humanos cuya violación se reclame; y.
|
VII.-
“letra muerta –opinión personal-”.
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VIII. Los conceptos de violación
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VII. Los conceptos de violación
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Copias
de traslado (110)
Varía
dependiendo el número de partes que suela haber; el artículo 110 de la Ley de
Amparo establece que se adjuntará una copia para cada una de ellas, más dos si
se solicita la suspensión.
Ejemplo
de un procedimiento sencillo y normal:
1 para la autoridad
responsable. (es muy raro que en amparo indirecto solamente sea una, incluso se hace a división entre ordenadoras
y ejecutoras).
1 para el tercero interesado
(suponiendo que solamente fue uno).
1 para el Ministero Pùblico.
1 Acuse.
2 Para el incidente de
Suspensión.
En
este caso se tendría que tener 1 original y 6 copias (una de ella funge como el
acuse).
Casos en el que el órgano jurisdiccional, deberá sacar las copias de traslado de manera
oficiosa.
i. Cuando se presenta en forma electrónica.
ii. Amparo por comparecencia.
iii. Por vía telegráfica.
iv. Materia penal.
v. Materia Laboral (trabajadores)
vi. Se afecten intereses de menores y/o incapaces
vii. Derechos agrarios
viii.
Pobreza
¿Ante qué
autoridad se presenta la de la Demanda de Amparo Indirecto? .
Para
fines prácticos y didácticos en el 99% de los casos se presenta ante la
oficialía de partes común de los Juzgados de Disrito (atendiendo a la
naturaleza del acto podrán ser en materia civil – mercantil y familiar-,
laboral, penal, administrativo, telecomunicaciones, competencia económica). El
otro 1% se podrá presentar ante la oficialía de partes común de los Tribunales
Unitarios de Circuito.
Por
otro lado, hemos expuesto que la Jurisdicción Auxiliar y Concurrente cada vez
tiene menos uso en el acontecer diario y que cada vez se vueven figuras más
teóricas e históricas.
Autos pueden recaer en la presentación de la demanda
Admisión. (112) (179)
Desechamiento. (113) (179)
Prevención. (114) (180)
Impedimentos.(51)
Incompetencia.(45,47,48)
Desechamiento (113) (179)
Cuando, al examinar la demanda de amparo, se encuentre un motivo
manifiesto e indudable de improcedencia.
No interpuesta la demanda.
- El promovente, no dé observancia a la prevención que el juez de distrito
dictó. (114) y (180), dicha prevención generalmente se da porque no se cumplió
con alguno de los requisitos de la demanda o porque no se adjuntaron las copias
de traslado correspondiente.
- El agraviado no ratifique la demanda. (14, 15)
Diferencia entre
desechar una demanda y tenerla por no interpuesta
Los presupuestos que las causan:
1. Desechamiento de la demanda se produce por la actualización de
algunas de las causas de improcedencia que sea notoria y manifiesta.
2. Tenerla por no interpuesta, es producida por la inobservancia a la
prevención oportuna y eficaz que se hace al quejoso (generalmente por un
aspecto de forma; o, no adjuntar las copias de traslado correspondientes).
¿Qué procede si el quejoso no
señala a la autoridad que participó en el acto reclamado? (señale los dos
supuestos, uno se desestimará la respuesta)
a)
Antes de que se admita la demanda.
1.- Se previene al quejoso
2.- Si no se satisface lo anterior, se tiene por no interpuesta la
demanda
b)
Después de admitida la demanda.
1.
Se previene al quejoso.
2.
Si el quejoso no atiende a lo
anterior, se sobresee el juicio de amparo.
Procedimiento de amparo indirecto (112-124).
a)
Se presenta la
Demanda
b)
Puede haber 5
Resoluciones
Admisión
de la Demanda
Emplaza
a las Partes
Se
pide informe Justificado
Se
señala fecha para la Audiencia Constitucional -30 días-
c)
Se celebra la
Audiencia Constitucional y acto seguido se dictará sentencia.
Informe Justificado
(117).
a)
Plazos
15 días (se pueden
ampliar por otros 10)
Fuera de plazo podrá ser tomado en cuenta si el quejoso tuvo la oportunidad
de conocerlo. Entre la fecha de notificación al quejoso del IJ y la celebración
de la A.C. deberá mediar por lo menos 8 días, sino se deberá diferir o
suspender.
b)
Incumplimiento
Sino se rinde se presumirá “cierto” el acto reclamado, salvo
prueba en contrario Queda a cargo del particular acreditar
inconstitucionalidad, cuando dicho acto no sea en si mismo violatorio de
derechos humanos.
Se impondrá una multa de 100 -1000 SMGV
(260)
c)
Objetivo
Se expondrán razones y fundamentos para sostener improcedencia del
juicio y constitucionalidad del acto reclamado. (Se acompañarán copias
certificadas de las constancias para acompañarlo)
d)
Restricción
No se podrá variar o mejorar la fundamentación o motivación del
acto reclamado; ofrecer pruebas distintas a las consideradas al pronunciarlo
(salvo las relacionadas con las nuevas pretensiones del quejoso)
Amparo en los actos
materialmente administrativos (117 última parte)
Cuando se aduce falta o insuficiencia de motivación y/o
fundamentación; cuando la autoridad responsable rinda su informe justificado
podrá complementar en esos aspectos el acto reclamado.
Se le correrá traslado con el informe justificado al quejoso;
quien tendrá 15 días para ampliar la demanda (sólo cuestiones de la
complementación).
Se dará vista a las autoridades responsables y al tercer
interesado (se emplazará a las autoridades –que en su caso se señalen-). Se
diferirá la audiencia constitucional.
Se analizará el acto reclamado considerando la fundamentación y
motivación complementaria. Ante la falta o insuficiencia de ésta (reiteración).
Se concederá un amparo liso y llano.
Pruebas
¿Qué pruebas son admisibles en el juicio de amparo?(119)
Toda clase, excepto:
a) La de posiciones y
b) las que fueren contra la moral o derecho.
¿Está prohibida la prueba confesional en el
juicio de amparo?
No, sólo la de posiciones que es una especie de la confesional.
¿Qué pruebas deben ofrecerse con 5 días de
anticipación a la audiencia, sin contar el del ofrecimiento ni el de la
audiencia? (119)
a) Pericial
b) Testimonial
c) Inspección ocular
d) Cualquiera que amerite un desahogo posterior
No podrán ampliarse con motivo del diferimiento de la audiencia
constitucional (salvo hechos que no hayan podido ser conocidos por las partes
por causas no imputables a ellos).
Se deberá exhibir original y copias ya sea de los: 1)
interrogatorios –testigos-, 2) cuestionarios –peritos-, puntos –inspección-. Se
corre traslado a la contraria para que dentro de 3 días puedan ampliarlas y/o
formar repreguntas.
En la pericial el órgano jurisdiccional designará el perito (sin
perjuicio de que las partes puedan designar otro que se asocie o rinda dictamen
por separado - 3días-)
¿Qué procede si una de las partes objeta un
documento? (122)
Si el documento se objetare de falso, el juez suspenderá la
audiencia constitucional para continuarla dentro de los diez días siguientes; en dicha audiencia se presentarán las
pruebas y contrapruebas relativas a la autenticidad del documento (3 días para
el ofrecimiento).
(La audiencia se suspende y no se difiere porque esta ya comenzó).
Siempre que se objete en cuanto a la autenticidad del documento y
no en cuanto a su alcance y valor probatorio.
¿En qué tiempo debe señalarse fecha para la
audiencia constitucional? (115) (118)
En el mismo auto en que se admite la demanda se señala día y hora
para la celebración de la audiencia, a más tardar
1)
30 días. (Genérico)
2)
10 días
Aplicación de
leyes declaradas inconstitucionales.
20. . Explique la audiencia
constitucional en el juicio de amparo. (107 VII CPEUM) (124 LA)
Acto
procesal previo a la sentencia; Se
revisa que el expediente esté integrado debidamente, posteriormente se procede
a recibir las pruebas y a oír alegatos, acto continuo se dicta el fallo
correspondiente.
que requisitos se deben cubrir para la interposición del recurso de inconformidad?????
ResponderEliminarmuy bueno
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