11.4 Principio de Definitividad.


Definitividad.


   ¿En qué consiste el principio de definitividad?

Previo a promover el amparo, el quejoso debe agotar todos los medios de defensa que permitan revocar o anular el acto (sede ordinaria).



   Excepciones al principio de definitividad.

Excepción
Fundamento Constitucional
Fundamento Legal
Administrativas
1.     Leyes primer acto de aplicación

61, XIV, Ley Amparo
2.      Medio de defensa no esté expreso en ley
107, IV CPEUM
61, XX, Ley de Amparo
3.     Medio de defensa no prevea acerca de la suspensión
107, IV, CPEUM
61, XX, Ley de Amparo
4.     Se exijan más requisitos que la ley de amparo para la suspensión (mismos alcances, plazo mayor)
107, IV, CPEUM
61, XX, Ley de Amparo
5.     Carezcan de fundamentación
107, IV, CPEUM
61, XX, Ley de Amparo
6.     Únicamente se reclamen violaciones directas a la CPEUM
107, IV, CPEUM
61, XX, Ley de Amparo
Comunes en actos de tribunales
7.     Afecten personas extrañas a juicio

61, XVIII, c, Ley de Amparo
8.     La procedencia del recurso se sujete a interpretación adicional; o, su fundamento legal sea insuficiente para determinarla (Recurso ordinario optativo)

61. XVIII, Ley de Amparo
Penal
9.     Actos que afecten la libertad personal del quejoso:

(Orden de aprehensión, orden de reaprehensión, autos de vinculación a proceso, resolución que niegue la libertad bajo caución o que establezca los requisitos para su disfrute, resolución que decida sobre el incidente de desvanecimiento de datos, orden de arresto, etc)

SIEMPRE QUE NO SE TRATE DE SENTENCIA DEFINITIVA

61, XVIII, Ley de Amparo
Graves
10.   Los que importen: 10.1 peligro de privación de la vida,  10.2 ataques a la libertad personal fuera de procedimiento,  10.3 incomunicación, 10.4 deportación o expulsión, 10.5 proscripción o destierro,10.6 extradición 10.7 desaparición forzada de personas, 10.8 incorporación forzosa de personas; o, 10.9 cualquiera de los prohibidos por el 22 CPEUM

61. XVIII, Ley de Amparo




    Penas prohíbe el artículo 22 constitucional

  1)    Pena de muerte,  
  2)    Mutilación,
  3)    Infamia,
  4)    Las marcas,
  5)    Los azotes,
  6)    Los palos,
  7)    El tormento de cualquier especie,
  8)    La multa excesiva,
  9)    La confiscación de bienes; y,

 Cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales


¿En amparo directo cómo operan las excepciones al principio de definitividad?


En amparo directo no operan las excepciones a este principio; si bien el párrafo segundo del artículo 46  de la Ley de Amparo establece que se considerarán como sentencias definitivas las dictadas en primera instancia en asuntos judiciales del orden civil, cuando los interesados hubieren renunciado expresamente la interposición de los recursos ordinarios que procedan, si las leyes comunes permiten la renuncia de referencia, esto no es una excepción, sino una opción.


1 comentario:

  1. el principio de definitividad opera en un amparo indirecto en contra del emplazamiento por un tercero intereaso por equiparación , si ya hubo sentencia definitiva y la misma ha causado estado ??

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